Legido Inmobiliaria

Qué debe aparecer en un contrato de arras

Fecha en que se formalizan las arras.

Nombre, apellidos, DNI y domicilio de comprador/es y vendedor/es.

IDENTIDAD DE LA VIVIENDA. Finca, dirección, registro en que está inscrita la vivienda, libro, folio, referencia catastral y CRU de la misma.

CANTIDADES DINERARIAS. Cantidad pactada por ambas partes como de precio final así como entrega de arras (Suele ser un 10% del total de la compraventa).

TIEMPO. Desde arras hasta escritura pública, ambas partes pactan la fecha de notaría.

CARGAS, GRAVÁMENES Y DEMÁS. Tendrá que aparecer si está al corriente de impuestos, tasas y demás. El IBI se suele prorratear.

Si la parte vendedora desiste, pierde las ARRAS, si por el contrario desiste la parte compradora, devuelve el doble de la cantidad entregada en ARRAS.

Si necesitas asesoramiento a la hora de realizar algún tipo de operación o gestión inmobiliaria, no dudes en contactar conmigo, será un placer sentarme contigo, escucharte, y ayudarte con ello.

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