Si estás valorando vender tú casa o bien ya la tienes en venta por tu cuenta o en manos de un profesional inmobiliario, has de tener en cuenta que la transacción de la misma conlleva unos gastos adicionales con los que hay que contar previamente, entre los que se encuentra la Plusvalía Municipal.
La Plusvalía Municipal, también llamada Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Gestionado por el Ayuntamiento de Madrid. Es el Impuesto que grava la diferencia desde la compra de la vivienda hasta la venta de la misma.
El tiempo que tenemos para abonar la Plusvalía Municipal es de 30 días hábiles desde el momento de la compraventa o bien de 6 meses en caso de adquisición de una herencia.
A la hora de abonar la Plusvalía hay que tener en cuenta varios factores:
- Valor Catastral de la vivienda (Aparece en el recibo del IBI)
- Coeficiente de incremento (Lo define el Ayuntamiento, en función de la duración del periodo impositivo).
No se realizará pago de Plusvalía en caso de:
- Demostrar que la vivienda ha incrementado su valor.
- No existe ganancia patrimonial.
- Si la parte vendedora no reside en España, el pago de la misma corresponderá a la parte compradora.
- Para abonar el impuesto se puede hacer la gestión de forma telemática a través del portal https://agenciatributaria.madrid.es/portales/contribuyente/es/Tramites/Plusvalia-Autoliquidacion/?vgnextfmt=default&vgnextoid=6258ef82e1bed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=97d608f9be116810VgnVCM1000001d4a900aRCRD
O si estás es Arganzuela en la oficina del OAIC (Oficina de Atención Integral al Contribuyente) en Calle Hierro número 27.